[CSCAE] Medidas para las obras de intervención en edificios existentes - COADE

[CSCAE] Medidas para las obras de intervención en edificios existentes

[CSCAE] Medidas para las obras de intervención en edificios existentes

Creado el miércoles, 29 abril 2020

ACTUALIZACIÓN DEL 29/04/2020

Ante las numerosas dudas que genera la orden ministerial que suspende temporalmente las obras en edificios existentes, desde el CSCAE actualiza el Documento de Orientaciones de la actuación profesional en obras de intervención en edificios existentes, que esperamos que te sean de utilidad.

B.2. Las obras dentro del sector de la construcción, ¿se tienen que cerrar?
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Hasta la fecha, solo se ha publicado una orden específica y concreta por parte del Gobierno que suspende temporalmente las obras en edificios existentes cuyos residentes puedan entrar en contacto con la actividad de ejecución de la obra, o con el movimiento de trabajadores o traslado de materiales. Se trata de la Orden 340/2020 del Ministerio de Sanidad, publicada en el BOE el 12 de abril.

En este caso, el cierre de obras en edificios existentes es general y sólo, excepcionalmente, pueden mantenerse en los siguientes supuestos:

  1. Cuando concurran circunstancias excepcionales de urgencia, realizando exclusivamente las actuaciones necesarias para garantizar la seguridad de la obra.
  2. Cuando el edificio está totalmente vacío.
  3. Cuando la obra puede aislarse totalmente de residentes y personas que puedan transitar en su interior por cualquier causa autorizada, sin que en ningún caso pueda producirse interferencia con los residentes. Ese aislamiento total implica vías independientes para desescombro, introducción de materiales y entrada y salida de obreros y técnicos.

En cualquier caso, entes de comenzar los trabajos, el contratista deberá expresar si se cumplen las condiciones de seguridad requeridas por las autoridades competentes.

La orden 340/2020 del Ministerio de Sanidad, que entró en vigor el domingo 12 de abril, con su publicación en el BOE, se mantendrá activa hasta que finalice el estado de alarma y sus posibles prórrogas, o hasta que existan circunstancias de salud pública que justifiquen una nueva orden.

Ver la orden ministerial en este enlace.

ACTUALIZACIÓN DEL 22/04/2020

Ante la casuística y tipología diversa de las obras de intervención en edificios existentes, se han producido dudas de interpretación de la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en los que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.

Por ello, desde el CSCAE se elabora el documento de Orientaciones de actuación profesional en obras de intervención en edificios existentes.

ACTUALIZACIÓN DEL 12/04/2020

El Gobierno suspende temporalmente las obras en edificios existentes cuyos residentes puedan entrar en contacto con la ejecución de los trabajos, el movimiento de trabajadores o el traslado de materiales.

B.2. Las obras dentro del sector de la construcción, ¿se tienen que cerrar?

Hasta la fecha, solo se ha publicado una orden específica y concreta por parte del Gobierno que suspende temporalmente las obras en edificios existentes cuyos residentes puedan entrar en contacto con la actividad de ejecución de la obra, o con el movimiento de trabajadores o traslado de materiales. Se trata de la Orden 340/2020 del Ministerio de Sanidad, publicada en el BOE el 12 de abril. La medida se mantendrá en vigor hasta que finalice el estado de alarma y sus posibles prórrogas, o hasta que existan circunstancias de salud pública que justifiquen una nueva orden.

Quedan exceptuadas de esta orden, las obras en las que, por circunstancias de sectorización del inmueble, no se produzca interferencia alguna con los trabajadores de la obra y aquellos trabajos y obras puntuales que se deban a reparaciones urgentes de instalaciones y averías, así como las tareas de vigilancia.

Ver la orden ministerial en este enlace. 


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