Creado el jueves, 28 mayo 2020
Desde el CSCAE, el 27 de mayo, se actualizan las Preguntas Frecuentes ante la emergencia de la COVID-19, incluyendo la cuestión de la obligatoriedad de las modificaciones del CTE aprobadas en el RD 732/2019.
En la pregunta B.12 se especifica:
B.12. ¿Cómo afecta el Estado de Alarma a la aplicación obligatoria de los cambios introducidos en el Código Técnico de la Edificación?
El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado el 14 de marzo, prevé que el cómputo de los plazos administrativos se reanude o, en su caso, se reinicie el 1 de junio. Por lo tanto, la aplicación obligatoria del CTE será el 15 de septiembre, puesto que el RD 537/2020, de 22 de mayo, prevé que el cómputo de los plazos administrativos se reanude o, en su caso, se reinicie el 1 de junio.
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Igualmente, ante el levantamiento de la suspensión de plazos administrativos y procesales, en la pregunta B.30 se especifica:
B.30. ¿Cuándo se levantará la suspensión de plazos administrativos y procesales?
El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado el 14 de marzo prevé que, en el marco del plan de desescalada para la reactivación de la actividad económica, el cómputo de los plazos administrativos se reanude o, en su caso, se reinicie desde el 1 de junio. La suspensión de los plazos y términos procesales se levantará a partir del 4 de junio.
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Para conocer todos los detalles del RD 537/2020, de 22 de mayo, descarga la nota elaborada por nuestra Asesoría Jurídica en este enlace.
Así ,según especifica el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España respecto a las modificaciones del CTE de 2019, «la aplicación obligatoria del CTE será el 15 de septiembre».