Cambios en los criterios de adjudicación de concursos organizados por la Junta de Extremadura
Creado el viernes, 17 marzo 2023
Análisis de los cambios introducidos en los criterios de adjudicación de concursos de la Junta de Extremadura
Los criterios de adjudicación de los concursos promovidos por la Junta de Extremadura se basan en su mayoría en las circulares que elabora la Junta Consultiva de contratación administrativa de Extremadura, y que va adaptando y actualizando cada cierto tiempo. El fin último es siempre obtener la oferta que presente la mejor relación calidad-precio.
Recientemente, la Junta Consultiva ha publicado la Circular 3/2022* que modifica la anterior (Circular 2/2018) sobre criterios de adjudicación de contratos de servicios. Este tipo de contratos son los que afectan a las licitaciones y concursos de los trabajos de arquitectura y urbanismo.
Desde el COADE se ha colaborado activamente en su modificación a través de la participación en diversos grupos de trabajo, en los que se han realizado aportaciones para mejorar los criterios de adjudicación de concursos de forma que, se valoren adecuadamente los basados en la calidad de la propuesta, reduciendo el peso y la ponderación del precio.
Hace ya tiempo que el COADE viene revisando los concursos públicos relacionados con las materias que más afectan a arquitectos/as, y se han recurrido ante la Justicia aquellos que, a juicio del Colegio, no se ajustaban a la normativa vigente. Así mismo, se impulsa la inclusión de arquitectos/as en los jurados de las diferentes licitaciones y se fomenta la organización de concursos con intervención de jurado siempre que sea posible, como mejor forma de obtener una solución donde prime la calidad arquitectónica. Como claro ejemplo, tenemos el reciente concurso para la reordenación de la Plaza de Santiago en la ciudad de Cáceres.
Todo ello ha sido una preocupación recurrente tanto de esta Junta de Gobierno, como de otras precedentes. Consideramos que una contratación publica que garantice la libertad de acceso de los profesionales, la competencia en igualdad y sin restricciones injustificadas es garantía de éxito, teniendo en cuenta que los servicios de arquitectura y urbanismo están reconocidos en la LCSP como prestaciones de carácter intelectual.
Tras numerosas gestiones y planteamientos desde el COADE, vemos con satisfacción que muchas de nuestras propuestas han sido aceptadas en la nueva circular, aunque no todas.
Por ello, consideramos que los cambios realizados, si bien no responden a la totalidad de nuestras reclamaciones, si que suponen una clara mejora que redundará en unos concursos mas justos, equitativos y que primen de mejor manera la calidad de las propuestas.
Entre los cambios más importantes están:
CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES MATEMÁTICAMENTE:
- Se introduce el tope máximo del 30% del total de puntos asignables en la valoración de las ofertas, de conformidad con el artículo 3.2 del dl 1/2022. (para concursos de la Junta de Extremadura). Así mismo, se podrá fijar un umbral de saciedad** para modular el criterio precio, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 4 del DL 1/2022.
Se introducen nuevos posibles criterios referidos a medidas en materia de accesibilidad universal de adaptación sensorial o cognitiva, modelado BIM, formación, promoción del empleo, etc.
CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES MEDIANTE LA EMISIÓN DE UN JUICIO DE VALOR:
- Se incluyen nuevos criterios para valorar la calidad de la propuesta respecto de su composición arquitectónica, respecto de la calidad técnica y económica y respecto a la adecuación con el entorno. Estos nuevos criterios responden a propuestas del COADE.
- Se crea un nuevo apartado de servicios de recogida, representación y acceso a información territorial y ordenación y planificación del territorio. Desde el COADE se solicitó que se incluyera un apartado específico para los contratos de servicios de relacionados con el urbanismo, ya que consideramos importante que se tengan en cuenta sus características específicas.
- Se crea un nuevo apartado específico para los contratos de servicios: formación, consultoría y organización de eventos.
* Circular 3/2022, de 21 de julio, de la Junta Consultiva de contratación administrativa de Extremadura, sobre criterios de adjudicación del contrato susceptibles de ser utilizados en la contratación pública de servicios por los diferentes órganos de contratación de la Junta de Extremadura.
** Umbral de saciedad: se refiriere a aquel punto a partir del cual una oferta económica recibe una valoración prácticamente insignificante.
A CONTINUACIÓN, PUEDES CONSULTAR UN COMPLETO ANÁLISIS DE TODOS LOS ASPECTOS QUE SE HAN MODIFICADO CON LA NUEVA CIRCULAR. Dentro del archivo encontrarás unas flechas que despliegan más información. ENLACE AL DOCUMENTO