El sistema de votación por correo se ajustará al siguiente procedimiento:

  1. El elector que desee utilizar este procedimiento deberá comunicarlo a la Secretaría del Colegio con antelación mínima de cinco días a la fecha de la votación. La comunicación podrá hacerse por escrito, a través de cualquier medio que permita el acuse de recibo o mediante comparecencia personal y quedará anotada en las listas electorales.
  2. La Secretaría expedirá al elector una acreditación personal y le facilitará las papeletas de votación y los sobres para su envío, de los cuales, el sobre exterior deberá ser per­sonalizado mediante sellado y numeración o clave coincidente con la de acreditación. El elector recogerá personalmente este material cuando la comunicación la hubiese cursa­do por escrito; en otro caso, previa solicitud, se le podrá enviar a domicilio por medio que deje constancia de su recepción.
  3. El elector introducirá la papeleta elegida en el correspondiente sobre anónimo, y este sobre o sobres, junto con la acreditación personal, los introducirá en el sobre exterior que remitirá a la Secretaría colegial por correo certificado. Así mismo, podrá remitirse por servicio de mensajería o por cualquier otro medio, asumiendo el riesgo de su retraso o pérdida.