Subvenciones para la redacción de planes generales municipales en municipios extremeños con menos de 20.000 habitantes

Modificado el viernes, 26 julio 2024
Se ha publicado en el DOE de fecha 25/03/2024 la Orden de 12 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la redacción y tramitación de Planes Generales Municipales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Igualmente se podrán solicitar ayudas para la redacción de Estudios de Inundabilidad, siempre que su redacción sea requerida como consecuencia de las determinaciones originadas por Informes Sectoriales emanados durante la tramitación del Plan General Municipal.
BENEFICIARIOS
Podrán beneficiarse estas ayudas aquellos Ayuntamientos que no dispongan de un PGM vigente adecuado a las disposiciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, LOTUS.
Sólo podrán optar a las mismas los Ayuntamientos de aquellos municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura cuya población sea igual o inferior a 20.000 habitantes, según los datos actualizados por el Instituto Nacional de Estadística disponibles en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria.
CUANTÍAS
Las ayudas concedidas tendrán como destino cubrir hasta el 50% del importe de los trabajos de redacción y asistencia a la tramitación de PGM hasta la publicación en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) de su Aprobación Definitiva por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
En todo caso, se deberán respetar igualmente los siguientes límites:
a) 50.000 00 €, cuando el municipio objeto del PGM incluya únicamente Núcleos de Base del Sistema Territorial.
b) 75.000 00 €, cuando en el municipio objeto del PGM incluya algún Núcleo de Relevancia Territorial.
La consideración de los distintos núcleos urbanos como de Base o de Relevancia se hará atendiendo a lo previsto en el apartado 2.º del artículo 5 “Definiciones legales” de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, LOTUS.
Cuando las ayudas se destinen a la realización de Estudios de Inundabilidad, cubrirán igualmente hasta el 50% del importe de los trabajos de redacción de los mismos, no superando en ningún caso 2.000 00 € por cauce a considerar, con un máximo de 6.000’00€ por Municipio.
PLAZOS DE SOLICITUD
La resolución de convocatoria establecerá el plazo de presentación de solicitudes, que deberá comprender como mínimo 3 meses contados desde el día siguiente a la publicación de misma en el Diario Oficial de Extremadura, o hasta agotarse el crédito presupuestario. El plazo máximo de vigencia de la convocatoria a los efectos de presentación de solicitudes no podrá exceder de un año ni alcanzar el siguiente ejercicio presupuestario.
Por lo tanto, a día de hoy (04/04/2024), todavía no se ha abierto el plazo de solicitud ya que no se ha publicado la convocatoria, solo las bases.
PLAZOS REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y ABONO DE LAS AYUDAS
El Ayuntamiento beneficiario dispondrá de un plazo máximo de 4 años, a contar desde la comunicación de la resolución de concesión de la subvención para la realización de la totalidad de las tareas precisas para la redacción y tramitación del Plan General Municipal completo (Ordenación Estructural y Ordenación Detallada) hasta la publicación en DOE de su Aprobación Definitiva por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
Para la redacción de Estudios de Inundabilidad se dispondrá de un plazo máximo de seis meses
El abono de la subvención para la realización y tramitación del PGM se realizará de manera fraccionada:
a) El primer pago se realizará con la notificación de la concesión de la subvención y se corresponderá con el 50% del importe total de la ayuda concedida.
b) El segundo pago, correspondiente al 50% restante del importe total, se realizará tras la publicación de la Aprobación Definitiva del PGM por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (en adelante CUOTEX) en el DOE y una vez se haya aportado la documentación prevista en la convocatoria de las subvenciones (art. 7).
Detalle de la publicación en DOE: PULSAR AQUÍ
Nota importante: La presente noticia es un extracto de la convocatoria y tiene carácter meramente informativo, por lo que el contenido exacto deberá necesariamente contrastarse con la licitación y/o convocatoria oficial. El COADE no se hace responsable de los posibles errores o imprecisiones que contenga la noticia.
