Modificado el lunes, 18 abril 2022
Esta convocatoria está regulada por la Orden TMA/178/2022, de 28 de febrero (BOE del 11 de marzo de 2022) para el fomento de la rehabilitación integral del parque público edificado de las Entidades Locales (entendiendo por tales los municipios, las diputaciones provinciales, los cabildos y los «consells insulars») y se encuadra en el Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (PIREP), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía (PRTR).
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), a través del PIREP, convoca estas ayudas en régimen de concurrencia competitiva entre Entidades Locales.
Guía para la solicitud de ayudas del PIREP (descarga del documento)
Presentación de la guía para la solicitud de ayudas (vídeo alojado en la web del COAM)
Para una completa información sobre el PIREP local PULSAR AQUÍ (orden de bases y convocatoria, preguntas y respuestas frecuentes, manual de instrucciones, etc).
CUANTÍA
Se financiarán con cargo al crédito consignado por un importe máximo total de 600.000.000€, distribuido en dos líneas de desarrollo de actuaciones:
BENEFICIARIOS
Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades locales (EELL), entendiendo por tales, los municipios, con independencia de su tamaño y población, las Diputaciones Provinciales, los Cabildos y Consells insulares que sean titulares de un inmueble que cumpla las condiciones exigidas por estas bases reguladoras.
REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES
Las actuaciones que sean objeto de financiación deberán tener un carácter integrado, en el sentido definido por la Agenda Urbana Española (AUE), y responder a los criterios de sostenibilidad, inclusión y calidad estética previstos por la Nueva Bauhaus Europea, sin perder de vista el principal objetivo de un ahorro energético medio por encima del 30% (reducción de consumo de energía primaria no renovable).
La cantidad solicitada a financiar no podrá superar los 3.000.000 €.
REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS
Deben ser de titularidad pública.
Antigüedad: fecha de construcción anterior al 1 de enero de 2009.
Estar destinados a uso público (con exclusión del uso vivienda) y mantenerlo, al menos, durante los próximos 20 años.
SOLICITUDES
Las solicitudes se ajustarán al formato y contenido especificados en la Orden TMA/178/2022 de 28 de febrero de 2022. Cada entidad local podrá presentar un número máximo de solicitudes por línea y por población; el importe total de la ayuda demandada no podrá exceder de 3.000.000€ (impuestos no incluidos).
Se diferencian dos plazos para la entrega de solicitudes en función de la línea a la que pertenezcan las actuaciones: