El TS establece doctrina sobre la competencia exclusiva de arquitectos cuando se cambien los usos característicos

Creado el martes, 4 agosto 2026
EL TRIBUNAL SUPREMO ESTABLECE COMO DOCTRINA LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE ARQUITECTOS PARA INTERVENCIONES EN EDIFICIOS CUANDO SE CAMBIEN LOS USOS CARACTERÍSTICOS, AUNQUE SOLO AFECTE A UNO DE LOS INMUEBLES QUE CONFIGURAN EL EDIFICIO
NOTA DEL CSCAE SOBRE LA SENTENCIA DEL SUPREMO
- El arquitecto es el profesional que reúne la cualificación requerida con carácter exclusivo para redactar proyectos de obras en edificios existentes que cambien los usos característicos del edificio, con carácter general y para todo cambio de uso.
- El Tribunal Supremo declara en esta sentencia que la intervención del arquitecto es exclusiva, para cualquier proyecto de cambio de uso, aunque solo se modifique un unidad o parte del inmueble.
- Se requiere la intervención de arquitecto para todo proyecto de obras en edificios existentes que tengan por objeto cambio de los usos característicos del edificio, aunque no supongan una alteración de la configuración arquitectónica.
- La sentencia del TS fija jurisprudencia al pronunciarse en interés casacional fijando la interpretación del artículo 10.2 a) de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en relación con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) y 2 b), y en el artículo 4 del citado texto legal, y por ello esta interpretación vincula a los Tribunales y poderes públicos.
