Creado el lunes, 27 septiembre 2021
FUENTE | JUNTA DE EXTREMADURA
Las ayudas se podrán destinar a satisfacer deudas y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos no cubiertos, incluidas las pérdidas contables.
Se amplía el periodo de deudas, pagos pendientes y costes fijos a los que destinar las ayudas desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021 (siempre que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021).
Ampliadas las actividades subvencionables.
Se incluyen también:
Más información en la Plataforma de ayudas solvencia COVID: https://ayudassolvenciacovid.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=HOME_JEX2
Consulta aquí los documentos del Decreto-ley 5/2021 y el Decreto-ley 6/2021, modificados ambos por el Decreto-ley 7/2021.