Subvenciones dirigidas a autónomos y empresas de la provincia de Badajoz, para la formación del personal empleado a su servicio - COADE

Subvenciones dirigidas a autónomos y empresas de la provincia de Badajoz, para la formación del personal empleado a su servicio

Subvenciones dirigidas a autónomos y empresas de la provincia de Badajoz, para la formación del personal empleado a su servicio

Modificado el lunes, 7 junio 2021

FUENTE | DIPUTACIÓN DE BADAJOZ. BOP 06/05/2021


CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ, DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y EMPRESAS CON SEDE SOCIAL Y CENTROS OPERATIVOS EN LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA EL DESARROLLO DE LOS PLANES DE FORMACIÓN DEL PERSONAL EMPLEADO A SU SERVICIO

FINALIDAD

Es objeto de la convocatoria regular la concesión de subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas con sede social y centros operativos en la provincia de Badajoz, para la elaboración y el desarrollo de programas de formación dirigidos al personal empleado a su servicio, adaptados a las necesidades reales y específicas de las mismas, tanto en lo relativo a la selección, los contenidos y la duración de las acciones formativas, como a su calendario y horarios de celebración, sus destinataria/os y a todos los aspectos relacionados con la organización de las acciones.

DESTINATARIOS

Beneficiarios:

Aquellas personas trabajadoras autónomas y empresas con personalidad jurídica propia, que tengan su sede social y sus centros operativos o productivos en la provincia de Badajoz

ALCANCE AYUDA

Modalidad:
El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Alcance y cuantía de la ayuda:
La ayuda consistirá en una asignación a fondo perdido de hasta una intensidad máxima del 80% del importe total de gastos subvencionables del plan de formación propuesto por el/la solicitante (anexo III) y aceptado por Diputación, con un límite máximo de 6.400,00 € (excluido IVA) por persona trabajadora autónoma o empresa solicitantes.

Para cada acción formativa, el importe máximo subvencionable por alumna/o y hora de formación no superará los 15,00 € (excluido IVA), ni los 100,00 € por hora de formación.

Conceptos subvencionables:
Se considerarán gastos subvencionables aquellos realizados y pagados en fecha posterior a la de la notificación de la resolución de concesión de la subvención y dentro del año 2021, destinados al desarrollo de las acciones formativas incluidas en el Plan propuesto por la persona trabajadora autónoma o empresa y aceptado por la Diputación Provincial, y que correspondan a los siguientes conceptos:

  • Honorarios del profesorado, incluidos, en su caso, la manutención y los desplazamientos.
  • Gastos de desplazamiento y manutención del alumnado, para la asistencia a los cursos presenciales.
  • Materiales didácticos, físicos o digitales, directamente relacionados con las acciones formativas a impartir. (Capitulo VII).
  • Materiales fungibles utilizados en los cursos.
  • Alquiler de locales, equipos o medios para la impartición de esas acciones.
  • Contratación de cursos con centros de formación especializados.

PLAZO

El plazo para presentar la solicitud será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)

NORMATIVA Y SOLICITUD

Órgano gestor:
Diputación de Badajoz (Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad)

Mas información sobre la convocatoria
Solicitudes y anexos 
Extracto de la convocatoria en el BOP del 05 de Mayo de 2021
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