Ayudas a la vivienda autopromovida 2021-2022 - COADE

Ayudas a la vivienda autopromovida 2021-2022

Ayudas a la vivienda autopromovida 2021-2022

Modificado el lunes, 7 junio 2021

PROGRAMA

PLAN VIVIENDA EXTREMADURA 2018/2021 Programa de vivienda protegida autopromovida, general o ampliable correspondiente a los ejercicios 2021 y 2022.

ÓRGANO GESTOR/ÁMBITO

Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. Junta de Extremadura. Ámbito autonómico.

BENEFICIARIOS

Son beneficiarios de la subvención los autopromotores. Se entiende por autopromotores los solicitantes mayores de edad o menores emancipados y, en su caso, sus cónyuges o parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura o registro equivalente. Los autopromotores deberán cumplir, entre otras cosas, con lo siguiente: – Ser titulares del 100 % del pleno dominio de un suelo, o de un derecho real de vuelo o de superficie, que fuere física y jurídicamente apto para edificar la vivienda protegida autopromovida, general o ampliable. – No ser titular o cotitular, en un porcentaje igual o superior al 50 %, del pleno dominio de otra vivienda, distinta de la que sea objeto de la actuación protegida. – No haber iniciado las obras con anterioridad a la presentación de la solicitud de calificación provisional.

TIPO DE VIVIENDA / ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Toda vivienda autopromovida, general o ampliable.

LÍMITE DE INGRESOS

4 veces el IPREM en la vivienda protegida autopromovida general, y de 3,5 veces el IPREM en la ampliable. Para mayor información general sobre el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) . Pulsa aquí.

CUANTÍA DE LA AYUDA

La cuantía de la ayuda del programa de vivienda protegida autopromovida general se ajustará a los siguientes parámetros: a) Catorce mil euros (14.000 €), con carácter general. b) Mil euros adicionales (1.000 €), si se tratase de alguna de las líneas específicas de protección preferente previstas en este programa (autopromoción joven, impulso a cascos urbanos consolidados, eficiencia energética (mínimo letra B), familias numerosas, personas con capacidades diferentes, víctimas de violencia de género), víctimas del terrorismo).

PLAZOS

El plazo de presentación de solicitudes será de un año, a computar desde el día en que, surta efectos la presente resolución, es decir, desde el 11/05/2021. Del 11/05/2021 al 11/05/2022. Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la persona titular de la Secretaría General, que será publicado en el DOE.

DECRETO CONVOCATORIA / MAS INFORMACIÓN

RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones del Programa de vivienda protegida autopromovida, general o ampliable, correspondiente a los ejercicios 2021 y 2022. http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2021/870o/21061333.pdf

MAS INFORMACIÓN sobre ayudas a la vivienda de la Junta de Extremadura