EVALUACIÓN AMBIENTAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA - COADE

EVALUACIÓN AMBIENTAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

EVALUACIÓN AMBIENTAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Modificado el jueves, 27 octubre 2022

Resumen de la reglamentación existente sobre evaluación ambiental:

• La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Publicada el 19/05/2015. Esta ley entró en vigor el 29/06/2015.

Este ley de 2015 deroga la siguiente legislación previa:

  • Art. 10 de la Ley 12/2010, de 16 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-19049).
  • Ley 5/2010, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2010-11187).
  • Art. 34.3 del Decreto 54/2011, de 29 de abril (DOE núm. 86, de 6 de mayo).
  • Decreto 133/1996, de 3 de septiembre (DOE núm. 105, del 10 y Corrección de errores nº 133, del 28).

• La Ley 5/2010 (derogada por la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.) de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE 24/06/2010) venía a sustituir, entre otras cosas, al Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre; por lo que este no sería de aplicación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.  Aunque según su “Disposición transitoria primera. Aplicación transitoria de la normativa vigente”, en tanto no se desarrollara reglamentariamente la presente ley sería de aplicación, entre otros, el citado “Reglamento de Actividades Molestas,…”.

• El 16 de mayo de 2011 entró en vigor el Decreto 54/2011 de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE 06/05/2011).  El reglamento tiene por objeto desarrollar el régimen jurídico establecido en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Puesto que ya se publicó y entró en vigor el “Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura”, ya no es de aplicación el “Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas” en la Comunidad Autónoma de ExtremaduraDECRETO 54/2011

• Decreto 81/2011 de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE 26/05/2011). Este decreto entró en vigor a los diez días de su publicación, es decir el 6 de Junio de 2011. DECRETO 81/2011