Subvenciones para autónomos | Hasta el 20/05/2026

Creado el viernes, 23 enero 2026
Se ha publicado en el DOE nº 12 de 20 de enero de 2026, el Decreto 182/2025, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el impulso del empleo autónomo en Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de la Línea I, de la Línea III y de la Línea IV.
FUENTE: DOE nº12 20/01/2026
Estas ayudas cuentan con tres líneas:
– Línea I – Impulso del empleo autónomo (3+1): Ayudas para personas trabajadoras que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I, previstas en el Decreto 168/2022 o en el Decreto 39/2024, por el mantenimiento del alta ininterrumpida durante tres años en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en una Mutualidad alternativa (por ejemplo HNA), con fecha de alta a partir del 1 de enero de 2023.
– Línea III – Impulso. Tarifa Cero SMI: Ayudas para personas trabajadoras que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I, previstas en el Decreto 39/2024, y beneficiarias de la cuota reducida de la Seguridad Social de las personas trabajadoras por cuenta propia regulada en el apartado 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, en situación de alta desde el 15 de febrero de 2024, cuyos rendimientos económicos netos sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual.
– Línea IV – Impulso. Tarifa Quédate: Ayudas para personas trabajadoras autónomas mayores de 65 años que se hayan acogido a la jubilación activa recogida en el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes está abierto hasta el 20 de mayo de 2026.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible.
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Aspectos principales de la convocatoria
LÍNEA I: Impulso del empleo autónomo (3+1)
– Beneficiarios: personas físicas en situación de alta ininterrumpida durante tres años en el RETA)o en una Mutualidad alternativa (HNA-PREMAAT), con fecha de alta a partir del 1 de enero de 2023, que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I, previstas en el Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, o en el Decreto 39/2024, de 30 de abril.
– Cuantía: 2.500 € + 500 € si se ejerce la actividad en una localidad de menos de 300 habitantes
– Plazo de solicitudes: 5 meses (hasta el 20 de mayo 2026)
– Vigencia: desde el 21/01/2026 hasta el 20/01/2027
LÍNEA III: Impulso. Tarifa Cero SMI
– Beneficiarios: personas físicas beneficiarias de la cuota reducida regulada en el apartado 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de junio, del Estatuto del trabajo autónomo, en situación de alta desde el 15 de febrero de 2024, cuyos rendimientos económicos netos sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual, que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I, previstas en el Decreto 39/2024, de 30 de abril.
– Cuantía: 960 €
– Plazo de solicitudes: 5 meses (hasta el 20 de mayo 2026)
– Vigencia: desde el 21/01/2026 hasta el 20/01/2027
LÍNEA IV: Impulso. Tarifa Quédate
– Beneficiarios: personas trabajadoras autónomas, mayores de 65 años, que se hayan acogido a la jubilación activa regulada en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, modificado por el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre.
– Cuantía: 2.000 €
– Plazo de solicitudes: 5 meses (hasta el 20 de mayo 2026)
– Vigencia: desde el 21/01/2026 hasta el 20/01/2027
Nota importante: La presente noticia es un extracto de la convocatoria y tiene carácter meramente informativo, por lo que el contenido exacto deberá necesariamente contrastarse con la licitación y/o convocatoria oficial. El COADE no se hace responsable de los posibles errores o imprecisiones que contenga la noticia.
